Gobierno Municipal de
Zapotlán El Grande
2012 - 2015

La Reforma al Artículo 115 Constitucional aprobada en junio de 1999 entró en vigor el 23 de Marzo de 2001. Dicha reforma introduce entre otras cosas, un elemento para la autonomía municipal referente al robustecimiento de las capacidades de decisión política y reglamentaria de los Ayuntamientos como órganos de Gobierno.

Con esta reforma por primera vez se le da la importancia al Municipio que en teoría al Gobierno Municipal le correspondía, quedando respaldado por nuestra Constitución Política Mexicana. Esta reforma Constitucional tiene como idea entre otras, que los Municipios no tengan limitantes por parte de las Leyes Estatales, sino un orden prescrito por ellos mismos en su ámbito reglamentario, menos Ley Estatal y mayor Reglamentación Municipal, como herramienta de cada Municipio para resolver sus propios problemas.

Cada Municipio presenta sus necesidades en función de sus costumbres, territorio, actividad y requerimientos de la ciudadanía, por lo tanto el Ayuntamiento de cada Municipio tiene la facultad de elaborar los ordenamientos legales que le ayuden a resolver esos planteamientos.

El propósito de estas adecuaciones a los Reglamentos Municipales y en algunos casos su nueva creación, será pensando en buscar elementos para mantener un adecuado equilibrio entre la función del Gobierno Municipal y nuestra sociedad.

Reformas a Reglamentos Municipales

Reforma Descripción




Fondo de Ahorro Reforma al artículo 8 inciso C del Reglamento para el control y vigilancia del Fondo de Ahorro del Personal que labora en el H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco.
Bebidas Alcohólicas Reforma al artículo 18 del Reglamento sobre la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas de Zapotlán el Grande, Jalisco.
Adquisiciones, arrendamientos y servicios Reforma al artículo 43 del Reglamento de Adquisiciones, contratación de arrendamientos y servicios públicos para el Municipio de Zapotlán el Grande.
Estacionómemtros
Reforma al Ordenamiento para la Creación del Organismo Público Descentralizado denominado "Administración de Estacionómentros para la Asistencia Social del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco".
Reforma a la Fracción I del Artículo 45 del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.
Documento PDF Participación Ciudadana

Reformas y adiciones al Reglamento para Promover la Participación Ciudadana en el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.


Documento PDF O.P.D. Comité de Feria           Reforma al Decreto que crea el Organismo Público Descentralizado “Administración Pública Municipal denominado Comité de Feria de Zapotlán el Grande”
Documento PDF Reforma al Reglamento de Adquisiciones, Contratación de Arrendamientos y Servicios para el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.
Documento PDF Contraloría 
Municipal
        
Reforma a los Artículos 15 Fracción III, 31 y 42 del Reglamento de la Contraloría Municipal



Reglamentos Municipales

Reglamento Descripción
Decreto que crea el Organismo Público Descentralizado Instituto Municipal de la Mujer Zapotlense
El presente reglamento es de orden e interés público, tiene por objeto, regular el funcionamiento del Instituto Municipal de las Mujeres, tanto en sus objetivos como atribuciones y régimen interior, así como sus relaciones con diversas personas jurídicas de carácter público o privado. 

Decreto que crea el OPD Comité Cental de Feria y Reglamento del Organismo Público Descentralizado Municipal Denominado Comité de Feria de Zapotlán El Grande.

Las disposiciones del presente reglamento son de orden público e interés social y tienen por objeto instaurar el marco jurídico e institucional así como las facultades, atribuciones y régimen interior del organismo público descentralizado de la Administración Pública Municipal de Zapotlán el Grande, denominado Comité de Feria de Zapotlán el Grande.

Reglamento del Departamento de Tecnologías de la Información del Gobierno Municipal de Zapotlán El Grande Jalisco
El presente reglamento es de observancia obligatoria para las direcciones, departamentos, coordinación, jefaturas y áreas administrativas auxiliares del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande Jalisco y Organismos Públicos Descentralizados, así como para todo el personal administrativo y operativo que tenga relación directa con equipo informático tanto en materia de Hardware (Equipo de Cómputo y Periféricos) como Software (Sistemas, aplicaciones e Información electrónica).

El reglamento tiene como objetivos los siguientes puntos:
  1. La regularización de la sistematización de los procesos administrativos del Gobierno Municipal.
  2. La aplicación de las medidas de control y seguridad en el manejo de la información y la infraestructura informática.
  3. El Establecimiento de los lineamientos de control y seguridad de la Red Informática.
  4. Establecer los lineamientos en materia de seguridad y confidencialidad de la información generada por las diferentes dependencias,departamentos, direcciones, coordinaciones, jefaturas y áreas administrativas del municipio, así como su correcta distribución entre las mismas, apegados a las exigencias de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco.
  5. La capacitación del personal de Gobierno Municipal de Zapotlán Grande Jalisco, en materia de informática, para el adecuado aprovechamiento de las tecnologías de información.
  6. Regular la adquisición del hardware y software.
Reglamento de adquisiciones, contratación de arrendamientos y servicios para el municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco.
Establece con claridad los principios que regularán la adquisición y arrendamiento de bienes y la prestación de servicios de cualquier naturaleza que requiera el Gobierno Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco.

OBLIGACIONES:
Proveedores.
Los aspirantes a formar parte del Padrón deberán presentar una solicitud a Proveeduría.
Proporcionar catálogos de bienes, servicios o arrendamiento.
Cumplir con lo exigido por la normatividad vigente, para el funcionamiento de su actividad.

Gobierno Municipal de Zapotlán el Grande.
1.-Promover y fomentar la transparencia en la inversión de los recursos públicos.
2.-Privilegiar la organización democrática.
3.-Establecer una sana elección de proveedores.
4.-Cumplir con las disposiciones legales.

DERECHOS:
El Gobierno Municipal de Zapotlán el Grande tendrá el derecho a recibir calidad, durabilidad, garantías, bajo costo, mantenimiento, disponibilidad en los bienes, servicios y arrendamientos que requiera.
Los proveedores tienen derecho a formar parte del padrón de proveedores, a que se respete el convenio realizado.

Reglamento de aseo público del municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Señala las normas que deben observarse para lograr la limpieza física del municipio; justifica la urbanidad y fomenta la cultura en este ámbito de sus habitantes. Así mismo, evita cuanto sea posible que los desperdicios y basuras originen focos de infección y propagación de enfermedades.                              

DERECHOS
Todo habitante del Municipio de Zapotlán tendrá el derecho de exigir el cumplimiento de este Reglamento a la autoridad municipal, por parte de las autoridades y por parte de todo ciudadano, es decir, denunciar ante la autoridad municipal sobre aquellos vecinos que no respeten el Reglamento y con ello afecte la limpieza de la Ciudad en perjuicio de todo ciudadano.

Denunciar el mal servicio, el trato incorrecto o cualquier otra actitud negativa de los empleados del Departamento de Aseo Público.

El Departamento de Aseo Público puede señalar límites al momento de realizar la limpieza en los lugares mencionados.

OBLIGACIONES:

Todos los habitantes del Municipio de Zapotlán el Grande, están obligados a cooperar observando este Reglamento para que se conserven aseadas las calles , banquetas, jardines , plazas y sitios públicos.

Al servicio de Aseo Público le corresponde  la limpieza de calles, plazas, calzadas, jardines y parques públicos, coordinadamente con el personal del Departamento de Parques y Jardines.
La recolección de basura y desperdicios o desechos provenientes de mercados, plazas públicas, así como de las casas habitación, edificios públicos del municipio y edificios en general.
Colocación de depósitos y otros accesorios de aseo en los lugares adecuados.
Transportes de basura y desperdicios a los sitios señalados por el Ayuntamiento.

Reglamento sobre la venta y consumo de Bebidas Alcoholicas en el municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Este reglamento tiene por objeto regular mediante permiso nominal y/o licencia, las condiciones que deberán cumplir para su funcionamiento los establecimientos o lugares que se dedican al almacenaje, distribución, expendio, venta y/o consumo de bebidas alcohólicas, vinos de mesa, licores y/o cerveza.

Consejo Municipal de Giros Restringidos tiene como obligación otorgar, negar, cancelar y revocar las licencias.
Autorizar cambios de titulares de las licencias en los casos que se estipulan en los artículos 38, 40 y 41, y cambios de giros de los establecimientos.
Aprobar las clausuras definitivas.

Son obligaciones de todos los titulares de las Licencias y Permisos:

Contar con Licencia o Permiso correspondiente.
Exhibir en forma clara y visible en la parte exterior del establecimiento el Nombre Comercial, Número de Cuenta, Permiso y Giro autorizado del Negocio.
Exhibir el original de la Licencia o la copia certificada.

DERECHOS:
Toda persona Física o Moral podrá presentar ante la Autoridad Municipal una queja contra uno o varios establecimientos que considere afecten sus intereses o le ocasionen molestias.

Reglamento para Cementerios en el Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco.

El establecimiento, funcionamiento, conservación y operación de los Cementerios constituye un servicio público que comprende la inhumación, exhumación, reinhumación y cremación de cadáveres o restos humanos áridos y cremados.

Es obligación del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, prestar el Servicio de Cementerio a la población en general, pudiéndose dar en diferentes modalidades, primera, segunda y tercera clase. Siendo ésta última la que se otorgue de manera gratuita a personas de escasos recursos.

Es obligación de toda persona para hacer uso del Cementerio acreditar la propiedad del inmueble, solicitar permiso por escrito al jefe de Cementerios, presentar la documentación necesaria y realizar los pagos a la Tesorería Municipal, autorizados en la Ley de Ingresos Municipales.

DERECHOS

Toda persona tiene derecho de adquirir un terreno o cripta, según la modalidad que desee contratar.

De la integración, funcionamiento y atribuciones de la Comisión Mixta de Capacitación y Escalafón

El objetivo del presente Reglamento es regular la capacitación y los movimientos por promoción de los Servidores Públicos de base del Gobierno Municipal.

OBLIGACIONES:
Son obligaciones del Gobierno Municipal, a través de la Oficialía Mayor o quien realice sus funciones las siguientes:
Proporcionar a la Comisión dentro de las posibilidades que marca el presupuesto los elementos necesarios para su funcionamiento.
Dar a conocer a la Comisión dentro de los tres días siguientes, las vacantes por puestos de nueva creación o las que por baja o movimientos se generen.
Otorgar los nombramientos definitivos con base en los dictámenes emitidos por la Comisión.
Proporcionar los medios y la información necesaria para elaborar los planes de capacitación.

DERECHOS:

Los Servidores Públicos de base del Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, con un mínimo de seis meses de antigüedad en esa categoría tienen derecho escalafonario.

Reglamento que regula las funciones del Consejo de Colaboración Municipal de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Reglamento que tiene como fin normar las funciones del Consejo de Colaboración Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco y regular sus actividades fundamentándose para tal efecto en lo señalado por el artículo 40 Fracción XIV y demás relativos de la ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

OBLIGACIONES:
Representar a! Consejo para los actos jurídicos ante los organismos públicos y privados;
Otorgar poderes y representaciones; el primero sólo para pleitos y cobranzas.
Presidir las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias informando en ellas de las actividades del Consejo.
(Nombrar y) coordinar las Comisiones que sean necesarias para un adecuado desarrollo del Consejo.
La administración general del Consejo;
Rendir un informe anual; y
Las que le confieren la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de
Jalisco y los demás Reglamentos como el presente.

DERECHOS:

El Consejo fijará las bases para las cuotas de colaboración y aportaciones y las propondrá al Ayuntamiento para su recaudación, que será de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo V del Título Sexto de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

Reglamento del Consejo Municipal de Giros Restringidos sobre la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas

Tiene por objeto y finalidad establecer las normas especificas conforme a las cuáles ha de integrarse, declararse formalmente constituido, así como la manera en que deberá de funcionar el Consejo Municipal de Giros Restringidos sobre la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas,

El consejo Municipal de giros restringidos sobre venta y consumo de bebidas alcohólicas tiene como obligación aprobar o rechazar la expedición de Licencias Municipales en donde se venda y/o consuman bebidas alcohólicas de conformidad con la Ley Estatal de la materia y el Reglamento Municipal correspondiente.
Autorizar el cambio de domicilio de los establecimientos en donde se venda y/o consuman bebidas alcohólicas.
La Revocación de las Licencias Municipales de los establecimientos en donde se venda y/o consuman bebidas.

Tiene el derecho de dictar medidas tendientes a garantizar la seguridad en los espectáculos públicos.
Implementar medidas tendientes para prevenir y combatir el alcoholismo y el consumo excesivo de bebidas alcohólicas:
Negar la expedición, refrendo, cambio de domicilio o revocación de las licencias.

Reglamento para la actuación del Consejo Municipal para la Cultura y las Artes del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Establece los lineamientos para el funcionamiento del Consejo Municipal para la Cultura y las Artes en el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco. El cual es el encargado de organizar, dirigir y vigilar la realización de acciones tendientes al enriquecimiento cultural de la población en este Municipio.

El Consejo Municipal para la Cultura y las Artes tiene la obligación de mantener un permanente y activo diálogo en la materia, entre las autoridades y la comunidad artística e intelectual del municipio, así como de la sociedad en general.
Preservar las tradiciones regionales y apoyar su difusión, fortaleciendo la idiosincrasia del Municipio.

El Consejo Municipal para la Cultura y las Artes tiene el derecho de:
Diseñar y promover las políticas municipales en materia de la cultura y las artes, y proponer directrices en relación con las publicaciones y programas educativos y culturales de la Dirección de Cultura;
Proponer la apertura al público y en particular a las asociaciones artísticas y culturales, de espacios para el cultivo de esas actividades;
Fomentar la asociación de personas dedicadas a las actividades del arte, la cultura y las tradiciones del Municipio;

Reglamento del Consejo Municipal de Turismo de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Este reglamento regula la creación, organización, funcionamiento y competencia de Consejo Municipal de Turismo de Zapotlán el Grande, Jalisco.

El Consejo Municipal de Turismo tiene como obligación promover la creación de la infraestructura turística del Municipio.

Tiene el derecho de aprovechar los atractivos turísticos existentes, para crear nuevos empleos para sus habitantes así como fomentar la participación empresarial del sector turístico para ofertar productos y servicios atractivos para quienes visitan el Municipio.

Reglamento de la Contraloria Municipal de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Tiene por objeto regular la organización y funcionamiento interior de la Contraloría Municipal y aplicables obligatoriamente a los servidores públicos del Gobierno Municipal así como a todas las dependencias de la administración pública municipal, los Organismos Descentralizados Municipales, y cualquier otra entidad que administre o maneje bienes del Municipio.                                                

Su obligación es establecer y operar un proceso de control y evaluación del gasto público, en relación con el presupuesto de egresos, las políticas y los programas municipales;
Vigilar los recursos patrimoniales del Municipio, así como los que provengan del Gobierno Federal y del estatal;
Fijar las normas de control, fiscalización, contabilidad y auditoria que deben observar las Dependencias Municipales.
Supervisar que las adquisiciones de Bienes y Servicios que realice el Municipio correspondan en cantidad y calidad a las necesidades reales;

Tiene como derecho practicar auditorías en las Dependencias y Organismos Descentralizados Municipales, verificando el destino de los fondos públicos sean propios o transferidos;
Exigir con oportunidad las responsabilidades de los Servidores Públicos del Municipio así como organizar y controlar el registro de las declaraciones patrimoniales de los Servidores Públicos Municipales en términos de Ley;
Atender las quejas de los vecinos relativas al cumplimiento de contratos o convenios celebrados con el Municipio;
Exigir que los concursos de las obras se realicen de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Obra Pública Estatal o Federal;

Reglamento que crea y establece el funcionamiento del Comité de Planeación y Desarrollo Municipal de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Establece como facultad y obligación de los Ayuntamientos "organizar y conducir la planeación del desarrollo del municipio y establecer los medios para la consulta ciudadana y la participación social".

Se crea el Organismo Público Descentralizado Municipal, denominado "Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco. (SAPASZA)

Las Facultades y Obligaciones del Sistema
Planear, estudiar, proyectar, aprobar, construir, rehabilitar, ampliar, operar, mantener y conservar la infraestructura de agua potable, alcantarillado, saneamiento y reuso de aguas y lodos residuales en el municipio;
Administrar y proporcionar el servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento y disposición de aguas y lodos residuales en el municipio;

Reglamento para establecimientos mercantiles, funcionamiento de giros de prestación de servicios y exibición de espectaculos públicos en el municipio de Ciudad Guzmán

Tiene por objeto reglamentar todos los establecimientos mercantiles, el funcionamiento de giros de prestación de servicios y la actividad de los espectáculos públicos, señalando bases para su ejercicio en áreas de la seguridad, salubridad y comodidad de sus habitantes. Se declara prioritaria la preservación de la imagen visual.

Facultades y obligaciones de los titulares de los giros de comercio establecidos, prestación de servicios y espectáculos públicos:
Exhibir en lugar visible la licencia municipal para su funcionamiento o copia certificada de la misma:
Cuidar que el exterior e interior de los locales se conserve en buenas condiciones de limpieza.
Exhibir la autorización de las Autoridades Sanitarias para su funcionamiento y cumplir con las normas que sobre en particular establezca la
Ley Federal de Salud de los Estados Unidos Mexicanos y su Reglamento.
Contar con los dispositivos de seguridad necesarios.
Cumplir además con las disposiciones específicas
Que para cada giro se señalan en este ordenamiento.
Dentro de la zona comercial céntrica, se permite el establecimiento de centros o locales comerciales de cualquier naturaleza lícita autorizado por el Ayuntamiento, a excepción de bodegas, almacenes, frigoríficos y expendios destinados a vender en partes de mayoreo y medio mayoreo, en cantidades superiores al consumo doméstico normal

Reglamento Interior del Ayuntamiento de Zapotlán El Grande

Tiene por objeto regular la instalación, organización y funcionamiento del órgano de gobierno del Municipio de Zapotlán el Grande.

FACULTADES Y OBLIGACIONES:

El Palacio Municipal es inviolable. Ninguna fuerza pública tiene acceso al mismo, salvo con permiso del Presidente Municipal.
Ninguna autoridad puede ejercer mandamientos judiciales sobre la persona de los munícipes en el interior  del Palacio Municipal.
El Ayuntamiento, por decisión de sus integrantes, puede cambiar su sede provisional o definitivamente a un lugar distinto del Palacio Municipal, dentro del Municipio de Zapotlán el Grande.

Corresponde al Ayuntamiento elaborar y aprobar los reglamentos y demás disposiciones normativas de carácter general que sean competencia municipal, establecer las directrices de la política municipal, así como, en los casos, forma y términos que establezcan las leyes, autorizar las propuestas del Presidente Municipal.

Reglamento Interno de la Hacienda Municipal

Tiene por objeto estructurar y organizar la Hacienda Municipal del Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco, así como establecer las normas de actuación del personal que la integra.

Facultades y obligaciones de Hacienda Municipal:
Efectuar la recaudación y cobro de impuestos, contribuciones especiales, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones federales para fines específicos, responsabilizarse de la recaudación depositada y del manejo de valores a su cuidado.
Ordenar la clausura de los establecimientos en los términos de la Ley de Hacienda;
Ordenar se intervengan las taquillas de cualquier diversión o espectáculo público, cuando los sujetos pasivos no cumplan con las disposiciones que señala la Ley de Hacienda.
Efectuar a través de la Jefatura de Ingresos la recaudación de los fondos provenientes del cumplimiento de las leyes fiscales, en las delegaciones Municipales;

Reglamento Interno del parque industrial "Zapotlán 2000" del municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Tiene aplicación dentro de los límites del "PARQUE INDUSTRIAL ZAPOTLÁN 2000" y su observancia es obligatoria para todos los propietarios, usuarios, poseedores y residentes de los terrenos y edificaciones.

Los propietarios, usuarios, poseedores y residentes de los terrenos y edificaciones que se encuentren dentro del Parque Industrial "PARQUE
INDUSTRIAL ZAPOTLÁN 2000" tienen las siguientes atribuciones y obligaciones:
El contribuir al desarrollo y mejoramiento económico e industrial de este Municipio.
Fomentar la creación de empleos.
Apoyar en los programas de asistencia social el Municipio de Zapotlán el Grande.
Respetar los lineamientos de ecología, medio ambiente y conservación de las aguas nacionales.
Cumplir puntualmente con sus obligaciones fiscales de carácter Federal, Estatal y Municipal.

Reglamento interno de la Unidad Municipal de Protección Civil y Bomberos de Zapotlán el Grande, Jalisco y Reglamento de Lealtad y Disciplina

Tiene por objeto regular las acciones que en materia de Protección Civil se llevan a cabo en el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco,
Las Autoridades Municipales promoverán la creación de Órganos ó Servicios Especializados de Emergencia, para el auxilio de acuerdo a las zonas y riesgos expuestos.

El Sistema Municipal de Protección Civil como parte integrante del Sistema Estatal y Federal, establecerá las instancias, lineamientos y objetivos necesarios para la procuración de la Protección Civil.

Son derechos y obligaciones de los habitantes de la municipalidad en materia de protección civil:
Informar de cualquier riesgo grave provocado por agentes naturales o humanos;
Participar en las acciones coordinadas por las autoridades de protección civil en caso de emergencia, riesgo, siniestro o desastre;
Respetar la señalización preventiva y de auxilio;
Mantenerse informado de las acciones y actitudes que deben asumirse antes, durante y después de un siniestro o desastre;
Participar en los simulacros que las autoridades determinen.

Reglamento para la prestación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Zapotlán El Grande

Tiene por objeto establecer las medidas necesarias para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

El Sistema tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones:
Planear, estudiar, proyectar, aprobar, construir, rehabilitar, ampliar, operar, mantener y conservar la infraestructura de agua potable, alcantarillado, saneamiento y reuso de aguas y lodos residuales en el municipio;
Administrar y proporcionar el servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento y disposición de aguas y lodos residuales en el municipio;
Aplicar las cuotas por la prestación de los servicios públicos a su cargo;
Administrar los ingresos que se deriven de la prestación de los servicios públicos a su cargo.

Reglamento Orgánico para el Funcionamiento de los Juzgados Municipales en Zapotlán El Grande, Jalisco.

Tiene por objeto establecer la estructura, competencia, funcionamiento y procedimientos de los juzgados municipales, así como lo relativo a los recursos, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad.

A los Jueces Municipales les corresponde la impartición de la justicia administrativa municipal, conforme a las bases establecidas en el presente Reglamento y demás ordenamientos aplicables y tendrán las siguientes atribuciones y obligaciones:
Conocer de las faltas cometidas por los particulares, al Reglamento de Policía y Buen Gobierno y demás ordenamientos de aplicación municipal, con excepción de las de carácter fiscal;
Resolver sobre la responsabilidad o no responsabilidad de los presuntos infractores;
Aplicar las sanciones que para cada una de las infracciones, establecen los ordenamientos municipales;
Conocer y resolver acerca de las controversias de los particulares entre sí y terceros afectados, derivadas de los actos y resoluciones de las autoridades municipales;
Conocer de las controversias que surjan de la aplicación de los ordenamientos municipales.

Reglamento para el Lienzo Charro Municipal

Este reglamento regirá el uso del Lienzo Charro Municipal.
                 
El Lienzo Charro de Ciudad Guzmán es un espacio destinado prioritariamente para la práctica del Deporte de la Charrería, pudiéndose emplear para eventos o espectáculos s artísticos o de beneficencia pública, o bien para uso particular, previo pago de los derechos que establece la Ley de Ingresos Municipal. Toda solicitud de uso del Lienzo Charro será recibida para su autorización a través de la Jefatura de Patrimonio Municipal y el pago se realizará ante la Tesorería Municipal.

Reglamento de Mercados y Tianguis

Reglamenta el comercio en Mercados y Tianguis, señalando como bases para su operatividad las áreas de seguridad, salubridad y comodidad tanto de los comerciantes, como de la ciudadanía usuaria o consumidora, procurando la consecución de los fines de organización y desarrollo urbano.

El Administrador tendrá las siguientes atribuciones:
Las que señale la Ley de Ingresos Municipal.
El empadronamiento y registro de los comerciantes a que se refiere este Reglamento.
Aplicar las sanciones señaladas por este Reglamento.
Aplicar a los locatarios los procedimientos de recaudación.
Ordenar la instalación, alineamiento y el retiro de los puestos permanentes y temporales a que se refiere este Reglamento.
Vigilar y coordinar el funcionamiento de los Mercados Públicos de propiedad Municipal.
Fijar los lugares y días en que pudieran celebrarse los Tianguis.

Son obligaciones del Administrador:
Hacer cumplir el horario y actividades que marquen los Reglamentos.
Rendir un informe mensual por escrito a sus superiores inmediatos de los resultados financieros y administrativos a su cargo.
Supervisar que el personal a su mando cumpla eficientemente con sus obligaciones.
Practicar visitas de inspección a los lugares, puestos, sanitarios y demás infraestructura del mercado, para observar el estricto cumplimiento del presente reglamento. 

Reglamento para otorgar nominaciones, premios, preseas y reconocimientos por el Gobierno Municipal de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Tiene como objeto regular y establecer un procedimiento para la otorgación de nominaciones, premios, preseas, reconocimientos; asignación de nombres a calles, avenidas, edificios, salas, plazas, infraestructura urbana o poblaciones; así como la colocación de bustos, estatuas y demás distinciones que el Ayuntamiento Municipal determine a favor de quienes por su esfuerzo, obra o acción enaltezcan o contribuyan al desarrollo del Municipio.
                                       
Será facultad del Presidente Municipal como de cualquier regidor y del jefe del Archivo Municipal, proponer al Ayuntamiento la persona o entidad que a su juicio amerite las distinciones.

Las distinciones aquí señaladas podrán recaer en personas nacidas en el Municipio o fuera de él, asimismo se reconocerá a instituciones o empresas.

Reglamento para regeneración, conservación y desarrollo de áreas y edificioes de valor patrimonial en el Centro Histórico de Ciudad Guzmán

Objetivo de este Reglamento es garantizar por medio del H. Ayuntamiento que imagen, carácter y ambiente circundante en edificios y áreas con valor patrimonial se conserven e incrementen en cuanto sea posible.
                                                               
La regeneración, remodelación, conservación y desarrollo de áreas y edificios con valor patrimonial, así como en la intervención de cualquier tipo de obra pública o privada, comprendida dentro del "Centro Histórico", se tendrá como directriz de apoyo y fundamento los Reglamentos que el H. Ayuntamiento autorice al respecto. (Reglamento de construcción y Reglamento de protección y reanimación para el "Centro Histórico" de Ciudad Guzmán, Jalisco.

Reglamento de Policia y Orden Público

Este Reglamento es de orden público e interés social, regirá en el Municipio de Zapotlán el
Grande y tiene por objeto: Proteger y respetar la vida, la integridad corporal y la dignidad de los habitantes del Municipio. Garantizar la tranquilidad y la seguridad de las personas y su patrimonio. Proteger y preservar el orden público, la moral, la salubridad y la ecología. Promover, fomentar y estimular el decoro y las buenas costumbres en el Municipio.

El Ayuntamiento le corresponde reglamentar todo lo relativo a la Seguridad Pública Municipal en concordancia con la Constitución Federal y con las leyes federales y estatales relativas.

Todo habitante de Zapotlán El Grande tiene derecho a disfrutar de un ambiente social armónico y pacífico, porque ello favorece el mejoramiento de su calidad de vida.
La prevención de la comisión de infracciones y la cultura cívica, son \a base de \as relaciones armónicas y pacíficas de la comunidad, y
Las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de conservar la armonía en las relaciones vecinales.

Reglamento de Protección Civil y Bomberos par el municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Tiene por objeto regular las acciones que en materia de Protección Civil se llevan a cabo en el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco,
Las Autoridades Municipales promoverán la creación de Órganos ó Servicios Especializados de Emergencia, para el auxilio de acuerdo a las zonas y riesgos expuestos.

El Sistema Municipal de Protección Civil como parte integrante del Sistema Estatal y Federal, establecerá las instancias, lineamientos y objetivos necesarios para la procuración de la Protección Civil.

Son derechos y obligaciones de los habitantes de la municipalidad en materia de protección civil:
Informar de cualquier riesgo grave provocado por agentes naturales o humanos;
Participar en las acciones coordinadas por las autoridades de protección civil en caso de emergencia, riesgo, siniestro o desastre;
Respetar la señalización preventiva y de auxilio;
Mantenerse informado de las acciones y actitudes que deben asumirse antes, durante y después de un siniestro o desastre;
Participar en los simulacros que las autoridades determinen.

Reglamento del rastro municipal de Ciudad Guzmán, municipio de Zapotlán El Grande

Tiene por objeto normar y regular el uso del Rastro Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Es obligación del Rastro Municipal contar con los siguientes servicios:
• Mecanismos modernos para el sacrificio de animales.
• Oficina para autoridades sanitarias.
•Sanitarios, regaderas y vestidores.
• Área de oficina administrativa.
Área de mantenimiento y maquinaria.

Cualquier persona física o moral tendrá derecho al servicio del Rastro Municipal, únicamente cuando requiera del sacrificio y faenado de un animal para el consumo familiar.

Reglamento para el uso del Recinto Oficial de sesiones del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Tiene por objeto normar y regular el uso del Recinto Oficial de sesiones del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapotlán el Grande, Jalisco.
                               
El Municipio tendrá un recinto oficial de sesiones destinado a realizar las actividades encaminadas a definir las políticas generales de la Administración Pública Municipal y legislativas del órgano colegiado de gobierno en el Municipio denominado Ayuntamiento Constitucional de Zapotlán el Grande, Jalisco.

El Municipio tiene la obligación de salvaguardar el recinto oficial.

Reglamento de vialidad, transito y transporte para el municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Establece las normas que regulan la vialidad, el tránsito vehicular y peatonal, a las que obligatoriamente se sujetan las personas físicas y jurídicas (morales) que transiten por la jurisdicción municipal sus delegaciones y agencias territoriales.

Las Autoridades Municipales deben cumplir y hacer cumplir este reglamento.
Proponer al Presidente Municipal y a la comisión correspondiente, después de localizar las vías y áreas conflictivas, las medidas que considere necesarias para optimizar los servicios de tránsito, en el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco;
Denunciar inmediatamente a la autoridad competente, los hechos que puedan configurar un delito;
Cuidar la colocación y conservación de los señalamientos constituyan medios de información y orientación para el público en general;
Mantener la disciplina del personal que integra el Departamento de Tránsito y Vialidad municipal;

Los conductores de vehículos deberán:
Acatar todas las disposiciones dictadas por el personal Municipal designado para la vigilancia del tránsito, de los promotores voluntarios, así como de los patrulleros escolares en el ejercicio de sus funciones. En casos de emergencia o de siniestros, deberán acatar cualquier disposición de los miembros de los cuerpos de seguridad, auxilio o rescate;
Obedecer la señalización que regule la vialidad.
Respetar las zonas peatonales y los espacios destinados para personas con capacidades diferentes;

Reglamento para la Administración y Uso de Vehiculos Oficiales del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Este Reglamento tiene como objeto establecer las normas generales para el registro, asignación, uso, control, guarda y servicios de conservación, mantenimiento y reparaciones de todos los vehículos propiedad municipal, así como las disposiciones aplicables a los casos de incidentes o accidentes de tránsito en que pudieran intervenir y su robo.

Es obligación del servidor público que utilice el vehículo oficial que el mismo cuente con la solicitud del titular de la dependencia y el resguardante cuente con licencia para conducir.
Los titulares de la dependencia tendrán la obligación de solicitar a la Jefatura de Patrimonio Municipal cualquier cambio de los resguardantes de los vehículos adscritos a su área que sea necesario o procedente.

Los servidores públicos podrán utilizar los vehículos municipales para fines oficiales.

Reglamento de visitas oficiales del H. Ayuntamiento

Tiene por objeto regular las visitas oficiales que él Presidente Municipal,
Regidores o empleados de primer nivel o integrantes de las distintas comisiones edilicias que autorice el Ayuntamiento con fines de promoción del municipio;
                                              
DERECHOS:
Los servidores públicos del Ayuntamiento pueden realizar visitas oficiales, con cargo al presupuesto, dentro del territorio nacional o al extranjero cuando exista invitación formal o para cumplir los fines que señala el Artículo que antecede.
OBLIGACIONES:
Los servidores públicos del Ayuntamiento tienen la obligación de expedir un oficio de comisión firmado por el Presidente Municipal.

Reglamento de Catastro Municipal de Zapotlán El Grande, Jalisco, 

Para el correcto desempeño del Catastro Municipal en beneficio directo de los usuarios de tales servicios, se expide el Reglamento de Catastro Municipal de Zapotlá El Grande, Jalisco, a través del establecimiento de disposiciones que, entre otras cosas, se encuentren acordes con los avances científicos y tecnológicos en materia catastral.

Reglamento Interno del Consejo de Participación Ciudadana de Seguridad Pública Municipal de Zapotlán El Grande, Jalisco

El presente reglamento es de interés público y se expide de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 160 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Jalisco; 38 bis de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; y 110, 111, 112, 113 y 114 del Reglamento de la Policía Preventiva del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco; y tiene por objeto promover y regular la organización, coordinación, estructura, atribuciones, funcionamiento, y elección del Consejo de Participación Ciudadana de Seguridad Pública Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Reglamento del Deporte y Cultura Física del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco

Se crea el Reglamento del Deporte y la Cultura Física del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco. Las disposiciones de este reglamento son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer el Sistema Municipal del Deporte y las bases de su funcionamiento.

Reglamento Interno de la Comisión Municipal del Servicio Profesional de Carrera Policial, Honor y Justicia de Zapotlán El Grande, Jalisco

El presente reglamento es de orden público, interés social y de observancia general para todos los integrantes de la Comisión Municipal del Servicio Profesional de Carrera Policial, Honor y Justicia de Zapotlán el Grande, Jalisco y de los integrantes de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco; tiene por objeto regular la estructura, organización, funcionamiento y atribuciones de la Comisión Municipal del Servicio Profesional de Carrera Policial, Honor y Justicia de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Reglamento Muncipal de Zonificación y Control Territorial del Muncipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

El Código Urbano del Estado de Jalisco establece de modo expreso en su artículo 148 que es a los municipios a quien corresponderá formular, aprobar y administrar la zonificación de los centros de población ubicados en su territorio. Para lo cual mediante su artículo cuarto transitorio establece un plazo de 550 para que estos expidan o modifiquen sus reglamentos en materia de ordenamiento del territorio y planeación de los centros de población.

Reglamento del Servicio de Público de Estacionamiento del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

El presente reglamento es de orden público y de observación general para los habitantes y visitantes del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco; y tiene por objeto regular la prestación del servicio público de estacionamiento tanto en la vía pública como en áreas privadas que prestan servicio al público de estacionamientos.

Reglamento Municipal de Estacionómetros del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

El presente reglamento es de orden público y de observancia general para los habitantes y visitantes del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco; tiene por objeto regular la prestación del servicio público de estacionómetros en la vía pública.

Reglamento de Alumbrado Público para el Municipio de Zapotlán El Grande

Se aprueba el “Reglamento de Alumbrado Público para el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco”. Al entrar en vigor el presente Reglamento, se Abroga el Reglamento que tiene como título “Reglamento del Alumbrado Público para el Municipio de Zapotlán el Grande”, vigente desde el año de 1998 tras su publicación en la Gaceta Municipal “Trayectoria”, derogando cualquier disposición anterior que haya reglamentado el Servicio Público de Alumbrado del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco y que se oponga al contenido del Reglamento que ahora se publica.

Reglamento para el Control, Limpieza y Saneamiento de Predios y Bienes Inmuebles

El presente reglamento es de interés público y observancia general para todos los habitantes de Zapotlán el Grande, Jalisco y tiene por objeto establecer las formas, medios y procedimientos para el control y limpieza de los inmuebles dentro del territorio del municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco. 

Reglamento para el Control y Funcionamiento de Máquinas de Diversión y Similares que operan Sistema de Cobro Integrado

El objeto del presente Reglamento es regular los establecimientos fijos que tengan como actividad principal ofrecer el uso de máquina de vídeo juegos o juegos que en su desarrollo utilizan imágenes visuales electrónicas o similares; así como los que tengan un giro comercial distinto al anterior, pero que cuenten con alguno o algunos de los aparatos a que se refiere este artículo. 

Reglamento de Turismo y Servicios para el municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco

El presente Reglamento será de observancia general y obligatoria para los Prestadores de Servicios Turísticos, que se encuentran dentro del municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco; así como los nacionales y extranjeros, a que se refieren la ley federal y estatal. Su aplicación, interpretación y regulación corresponde al Presidente Municipal, a través del Departamento de Turismo y Servicios.

Reglamento para la Protección y Cuidado de los Animales Domésticos

El presente Reglamento es de observancia general, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene como objeto la protección y el cuidado de los animales domésticos en el Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Reglamento de las Relaciones entre Ciudad Guzmán, municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, bajo el Régimen de Ciudades Hermanas

El presente reglamento tiene por objeto normar las relaciones de hermandad de la ciudad de Ciudad Guzmán, Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, con otras ciudades del mundo y nacionales, a través de sus respectivos Ayuntamientos u órganos de gobierno similares.

Reglamento del Consejo de Promoción Económica

Este Reglamento se emite a efecto de establecer los principios bajo los cuales se organiza internamente para su funcionamiento el Consejo de Promoción Económica del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Reglamento de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento

Las disposiciones de este Reglamento tienen por objeto establecer las bases generales para la prestación de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento; y las correspondientes a la organización y funcionamiento del Organismo Operador y de la Comisión Tarifaria, de conformidad con lo establecido en la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.

Reglamento de Participación Ciudadana y Comités Vecinales

Tiene por objeto establecer formas, medios y procedimientos de Participación Ciudadana y Vecinal de los habitantes, residentes y propietarios de predios en el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, así como establecer el procedimiento de constitución, reconocimiento y registro de los comités vecinales como órganos apartidistas de consulta, información y gestión social, que tendrán como fin representar organizadamente a sus colonias ante la autoridad municipal planteando su problemas y promoviendo una vida pacífica, democrática.

Resolutivo de la Comisión Tarifaria 2015 de los Servicios del Sistema de Agua Potable de Zapotlán (SAPAZA)

Mediante el cual se aprueban las cuotas y tarifas que durante el Ejercicio Fiscal 2015 (dos mil quince) deberán pagar los usuarios como contra prestación por los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado, tratamiento y disposición final de sus aguas residuales, que reciban a través del Sistema de Agua Potable de Zapotlán (SAPAZA).

Reglamento de Mejora Regulatoria

El objeto de este reglamento es establecer las disposiciones que en materia de mejora regulatoria deberán observar los sujetos obligados, así como promover la mejora regulatoria y la simplificación administrativa en la administración pública municipal.

Reglamento de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco

Las disposiciones de este Reglamento tienen por objeto establecer los principios, normas y acciones para asegurar la preservación del equilibrio ecológico, protección, mejoramiento, instauración o restauración del ambiente; así como su desarrollo sustentable y la prevención de los procesos de deterioro ambiental, con la finalidad de evitar el impacto negativo en el mismo y propiciar que la política ambiental municipal se base en el desarrollo de un ambiente adecuado de acuerdo a la aptitud y potencial del mismo, con estricto apego a las normas aplicables en la materia.

Declaratoria Escudo de Armas

Declaratoria Descripción
Documento PDF Escudo de Armas
Declaratoria del Escudo de Armas del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

Acuerdos

Acuerdo Descripción
Documento PDF Información pública Criterios Generales: Para la Clasificación de la Información Pública, Para la Protección de Información Confidencial y Reservada; Para la Publicación y Actualización de la Información Fundamental. 
Documento PDF 


OPD Simar Lagunas      
Convenio de creación del Organismo Público Descentralizado (OPD) denominado: “Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos (SIMAR) Lagunas” para la prestación del servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de la totalidad de los residuos sólidos urbanos generados. 

Ordenamientos

Ordenamiento Descripción
Documento PDF  D.A.R.E. Reglamento del Organismo Público Descentralizado D.A.R.E.
Documento PDF  Instituto Zapotlense de la Juventud Ordenamiento del Organismo Público Descentralizado Instituto Zapotlense de la Juventud
Documento PDF   Unidad de Transparencia UTIM Iniciativa mediante la cual se apruebe la integración de la Unidad de Transparencia e Información Municipal.
Documento PDF Facultad de suscribir cheques (pag. 10) Ordenamiento mediante el cual se autoriza al Presidente Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco a delegar la facultad establecida por la fracción III del artículo 67 de la LEy de Gobierno y Administación Pública Municipal del Estado de Jalisco (pag 10).

Ordenamiento Ecológico
Se aprueba en lo general y en lo particular el “Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Zapotlán el Grande, correspondiente a la subcuenca de la Laguna de Zapotlán”.

Decretos

Decreto
Descripción
Documento PDF Obras Públicas
Decreto Municipal que faculta al director de Obras Públicas para que integre expedientes de Obra Pública.

Documento PDF


Policía Preventiva  Decreto Municipal que reforma los Artículos 6° y 17 del Reglamento de Policía Preventiva del Municipio de Zapotlán El Grande, Jalisco. 
Documento PDF

Policía y Orden Público
Decreto único que se adiciona al artículo 37 fracción IX del "Reglamento de Policía y Orden Público del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco".

Edictos

   Edictos del procedimiento de regularización de colonias 

Edictos mediante los cuales se da a conocer a la ciudadanía las solicitudes que dan inicio formal con los procesos administrativos de regularización relativos a las colonias: El Triángulo, ACFE ADRA, Los Encinos, Mariano Otero, La Giralda y Residencial Arboledas.

   Edictos del procedimiento de regularización de predios

Edictos mediante los cuales se da a conocer a la ciudadanía las solicitudes que dan inicio formal con los procesos Administrativos de regularización relativos a los predios: Terreno colindante con Centro Regional de Educación Normal, Parque público de la colonia Otilio Montaño, Espacios público II de la colonia Constituyentes, Área verde de la colonia Unión de Colonos Independencia, Área verde II de la colonia 20 de Noviembre, Área verde de la colonia 20 de Noviembre, Espacio Público de la colonia Constituyentes, Centro Regional de Educación Normal, Pozo de Agua Número 8 SAPAZA y Oficinas de SAPAZA.





Fecha de la última revisión y/o actualización: miércoles, 20 de mayo de 2015