La Secretaría General de Ayuntamiento, tiene como facultades:
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Formular las actas de las sesiones que celebre el ayuntamiento y autorizarlas con su firma.
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Expedir copias, constancias, credenciales y demás certificaciones que requieran los regidores o le soliciten otras instancias.
(Art. 63 Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal de Jalisco).